FORO OPOSICIÓNES DE JUSTICIA .:::http://www.foj.wesped.es:::.
OPOSICIONES => PROFESIONALES => Mensaje iniciado por: litos1979 en 01 Junio, 2010, 17:59:20 pm
-
Alguien sabe con certeza si los 20 dias naturales a partir del nombramiento se pagan??? o lo mejor es incorporarse lo antes posible???
Lo que si será recomendable será llamar al juzgado para informar de cuando piensas incorporarte, no?
A ver si es verdad y se cumple la fecha del 18 de junio para la ajudicación de destinos ¿¿¿que nos habrá tocado??? suerte a todos, ya va faltando menos (porque más es imposible,je,je!!!).
-
Yo tengo una duda: La relación de destinos que sale publicada ya será la definitiva o se abrirá un plazo de impugnaciones. En este caso, si existe plazo de algaciones, supongo que se retrasaría lo de los 20 días para la toma de posesión. O quizás, las alegaciones se podrán presentar a partir de la publicación en la página del ministerio y, una vez resueltas, se publican en el BOE???. No sé, es una duda...
Gracias.
-
Pues ni idea!!! pero yo no he leido por ningún lado q haya un plazo de alegaciones a la adjudicación de destinos... a ver q nos dicen los q saben de estos temas.
-
En el reglamento de ingreso no dice nada de que haya un plazo de alegaciones:artículo 29.
-
Los veinte días desde el nombramiento no te los pagan. Te empiezan a pagar desde el día en que tomas posesión. Hay gente que va al juzgado a tomar posesión un viernes, porque ese mismo día no empiezas a trabajar y sí cobras el fin de semana.
Lo de llamar al juzgado. Es una buena idea, llamas y dices cuándo te vas a incorporar, así, si hay un interino que cesa cuanto tú tomes posesión, puede coger sus moscosos o vacaciones pendientes antes de cesar.
-
Alguien sabe con certeza si el plazo de 20 días para tomar posesión es retribuido? Por lo visto hay diversidad de opiniones.
-
Yo,como interina,me parece que lo normal,y nos os cuesta nada,es que aviseis el día anterior,para que podamos solicitar moscosos,vacaciones...vamos,tampoco es tanto pedir,lo digo,porque en el otro foro,hay quien dice que se va a incorporar sin avisar ni nada.
-
Hola alguien sabe el plazo que hay para prestar el juramento o promesa y ante quién se debe prestar? Muchas gracias.
-
Ah se me olvidaba. Alguien sabe cuáles son los documentos F1R y dónde se consiguen? Gracias de nuevo.
-
Hay que tomar posesión en el juzgado donde estás destinado.Los formularios que comentas me imagino que la gerencia los hará llegar a los juzgados.
-
Gracias escribano pero me refiero al juramento o promesa que hay que prestar antes de la toma de posesión ante quién se ha de prestar?
-
En el artículo 29 del reglamento de ingreso del funcionario de justicia dice algo que no está muy claro.Yo creo que será ante el secretario del juzgado puesto que es el responsable de la oficina judicial.
-
La verdad es que el reglamento no aclara mucho. Gracias de todas formas escribano.