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OPOSICIONES => TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA => Dudas => Mensaje iniciado por: grandson en 04 Septiembre, 2010, 21:11:58 pm
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Artículo 133. Cómputo de los plazos.
1. Los plazos comenzarán a correr desde el día siguiente a aquel en que se hubiere efectuado el acto de comunicación del que la Ley haga depender el inicio del plazo, y se contará en ellos el día del vencimiento, que expirará a las veinticuatro horas.
¿ Empieza a contar el dia siguiente que lo recibe o el dia siguiente de la fecha que ponga en el acto de comunicacion?
¿No entiendo lo de las 24 horas muy bien, se refiere que tienen que pasar 24 horas? ¿o se refiere a las 12.00 de la noche?
Pd gracias.
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si lo recibes el 10 enero, comenzara a correr al dia siguiente, es decir, 11 enero, y tendras de plazo hasta el dia de vencimiento hora 24h de la noxe......pero tienes q saber, q cuando haya fijado un plazo, se podra presentar el escrito hasta el dia siguiente del dia de vencimiento hasta las 15h....
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Muy bien explicado.
Te pongo un ejemplo.
El día 3 de septiembre viernes, te notifican una sentencia, contra la que vas a interponer recurso de apelación. (tienes 5 dias).
El día 3 (viernes)es el dia de la notificación (ese no cuenta), luego viene sabado y domingo (inhabiles, tampoco se cuentan), entonces el lunes dia 6 de septiembre (es el primer día, que ya si cuenta), tendrias hasta el día 10 de septiembre (viernes para presentar el escrito).(Fecha del cumplimiento)
Pero como bien dice drashik, existe el día de gracia, por lo que puedes presentar el escrito al día siguiente, por lo tanto el escrito lo podrias presentar hasta el día 11 de septiembre.
(Coge un calendario y te será más facil entenderlo).
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Muchas gracias