FORO OPOSICIÓNES DE JUSTICIA .:::http://www.foj.wesped.es:::.

OPOSICIONES => TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA => Dudas => Mensaje iniciado por: concha1 en 13 Octubre, 2010, 16:17:09 pm

Título: excedencia por cuidados de familiares
Publicado por: concha1 en 13 Octubre, 2010, 16:17:09 pm
tengo duda se aplica todavía el art. 509 de La ley Orgánica del Poder Judicial que la reserva de puesto es durante el primer año, o por el contrario se aplica el EBEP o la Ley 30/84 art. 29 que son dos años los que tiene derecho a reserva de este puesto. gracias
Título: Re: excedencia por cuidados de familiares
Publicado por: justiciaoposicion en 13 Octubre, 2010, 21:27:39 pm
No puedes ver este link. Registrate o Ingresa
tengo duda se aplica todavía el art. 509 de La ley Orgánica del Poder Judicial que la reserva de puesto es durante el primer año, o por el contrario se aplica el EBEP o la Ley 30/84 art. 29 que son dos años los que tiene derecho a reserva de este puesto. gracias

hay un hilo con esta duda resuelta