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OPOSICIONES => AUXILIO JUDICIAL => Dudas => Mensaje iniciado por: Opositoro en 30 Noviembre, 2010, 15:18:14 pm

Título: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: Opositoro en 30 Noviembre, 2010, 15:18:14 pm
112. Según dispone el Art 172 de Ley Enjuiciamiento Criminal, si al ir a notificar a Beltrán la sentencia dictada, éste no se encontrase en su domicilio:

En algunas plantillas no oficiales han dado por correcta la opción b), pero tengo entendido que según Art 166 de Ley Enjuiciamiento Criminal en su apartado 3º Las notificaciones, citaciones y emplazamientos se practicarán en la forma prevista en el capítulo V del título V del libro I de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Por lo que creo que ya no se puede entregar la cédula al vecino. No estoy seguro si la opción correcta sería la opción d) o podría impugnarse la pregunta.

También en la pregunta 111. La notificación de la sentencia a Antonio, si se hace fuera de los estrados del tribunal consistirá, según el articulo 170 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:

Respondí la opción a) aunque en otras plantillas han dado por buena la opción c) pero ateniéndonos al articulo 166 de nuevo, nos tendríamos que ir a lo civil, por lo que el articulo 170 quedaría derogado, ya no se entrega copía de la Cédula. Por lo que no se si también es una pregunta que puede ser impugnada.

Espero que alguien pueda ayudarme a resolver estas dudas. Gracias.
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: lorelai33 en 30 Noviembre, 2010, 15:22:44 pm
a mi me gustaría que quien supiera aclarara eso, porque yo no respondi a la supuestamente correcta por lo del vecino.
Un saludo
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: ebermejo en 30 Noviembre, 2010, 15:27:03 pm
art 172 lecrim.
los artículos del 166 al 182 de la ley de enjuiciamiento criminal siguen estando vigentes, aunque se complementen con la ec
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: grenoble en 30 Noviembre, 2010, 15:33:34 pm
Lo del vecino es clara en penal, se le entrega si no se hay nadie en la casa, y la notificación consiste en lectura íntegra y entrega de copia de la cédula, yo no veo problema ninguno, los artículos lo dicen claro la verdad, lo del vecino te puede inducir a confusión por el orden civil que no se permite
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: Opositoro en 30 Noviembre, 2010, 15:40:10 pm
Encontre esto en un libro de supuestos:

Preceptos derogados tácitamente por el artículo 166 párrafo tercero de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En el mismo, que se transcribe al comienzo de este capítulo, se afirma que "Las notificaciones, citaciones y emplazamientos se practicarán en la forma prevista en el capítulo V del título V del libro I de la Ley de Enjuiciamiento Civil", es decir, en los artículo 149 a 168 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que han sido objeto de estudio... El contenido de estos es, como se puede apreciar, absolutamente incompatible con el de los artículos 167 a 174 de la LECrim que, por tal causa, han de considerarse derogados.

Por lo que ya no se si se pueden entregar las notificaciones al vecino, y si se sigue usando copia de la cédula y por contra hay que hacerlo según la Lec.
 
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: ebermejo en 30 Noviembre, 2010, 15:44:35 pm
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Encontre esto en un libro de supuestos:

Preceptos derogados tácitamente por el artículo 166 párrafo tercero de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En el mismo, que se transcribe al comienzo de este capítulo, se afirma que "Las notificaciones, citaciones y emplazamientos se practicarán en la forma prevista en el capítulo V del título V del libro I de la Ley de Enjuiciamiento Civil", es decir, en los artículo 149 a 168 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que han sido objeto de estudio... El contenido de estos es, como se puede apreciar, absolutamente incompatible con el de los artículos 167 a 174 de la LECrim que, por tal causa, han de considerarse derogados.

Por lo que ya no se si se pueden entregar las notificaciones al vecino, y si se sigue usando copia de la cédula y por contra hay que hacerlo según la Lec.
 

Pero vamos a ver, tú tienes la lecrim actualizada pues no tienes más que abrirla ir a los artículo y leer.
Esos artículos no están derogados y a los hecho me remito ¡pregunta de examen! El problema viene cuando se estudia con temarios de editoriales que no comtemplan ni la mitad de lo que hay en la ley.
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: Opositoro en 30 Noviembre, 2010, 15:51:47 pm
Vamos que todo sigue igual
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: xarkash en 30 Noviembre, 2010, 16:30:24 pm
No están derogados, están más bien repetidos, pero es que la mitad de la LECr, es impugnable, porque tiene artículos contradictorios uno después del otro.
Es como decís primero te dice que se aplica la LEC, pero después te lo regula expresamente de otra forma.
No hay derogación, los artículos siguen en vigor y como normativa en vigor es pregunta de examen.
Es una ·&·$& pero es así la LECr deberían revisarla artículo por artículo para que no se contradiga ella misma, pero a nuestros legisladores no parece que les guste mucho trabajar
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: Opositoro en 30 Noviembre, 2010, 16:35:38 pm
los Art 601 a 610 de la Lecrim ¿si debo entender que estan derogados? Si preguntan como administrar los bienes semovientes ¿Qué debo responder? ¿Lo que decía antes de la reforma? ¿ o remitirme a la Lec?
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: ebermejo en 30 Noviembre, 2010, 17:01:53 pm
http://www2.mjusticia.es/cs/Satellite/es/1215198356408/ListaPublicaciones.html

aquí la tienes actualizada y podrás comprobar lo que sigue vigente y lo que está derogado
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: Lucas09 en 01 Diciembre, 2010, 12:32:10 pm
¿Alguien me puede indicar las respuestas a las preguntas 108,126,127,146? He mirado en dos plantillas distintas y no coinciden
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: xarkash en 01 Diciembre, 2010, 12:37:33 pm
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¿Alguien me puede indicar las respuestas a las preguntas 108,126,127,146? He mirado en dos plantillas distintas y no coinciden
De cual de los 2 exámenes? A o B
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: Lucas09 en 01 Diciembre, 2010, 12:49:08 pm
Perdon;las preguntas sobre las que tengo dudas son del ejercicio A
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: xarkash en 01 Diciembre, 2010, 13:06:58 pm
Bueno la 127 es la de pagar abogado y procurador, la cosa está en que intento impugnarla por falta de respuesta correcta.
Las otras no sé cuáles son porque mi examen es el tipo B, pon algo del enunciado y busco en el B
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: monix en 01 Diciembre, 2010, 13:32:27 pm
Derogados no estan y al indicar claramente el articulo al que se remiten hay que contestar segun el articulo, que luego no se hagan asi es otra cosa, a nosotros nuestro preparador nos dijo, que si preguntaban lo harian especificando el articulo y asi habia que contestar
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: Lucas09 en 01 Diciembre, 2010, 13:35:27 pm
Pregunta 108... Dictada la sentencia oralmente y declarada su firmeza en el acto del juicio ¿Cabe el pronunciamiento sobre alguna otra cuestión? Unas plantillas dan la respuesta b y otras la D (yo personalmente pienso que es la D)
Pregunta 126 Cuando en el proceso monitoriod e cuotas de la comunidad se opusieran los deudores demandados... (En esta la contestación me importa menos ya que la dejé en blanco)
Pregunta 146 En el juicio de desahucio por falta de pago la fecha del lanzamiento deberá fijarse:Algunas plantillas dan la A y otras la B

Gracias y perdon por las molestias.
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: xarkash en 01 Diciembre, 2010, 13:51:31 pm
La 108, debe ser la D, la de audiencia a las partes y tal
la 126, creo que es la de puede el acreedor solicitar embargo preventivo
la 146, en el plazo de un mes desde la fecha de la vista
Las digo todas de memoria, así que espero no fallar ninguna
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: Opositoro en 01 Diciembre, 2010, 14:38:36 pm
Viendolo así es razonable que si te indican el articulo en el enunciado respondas lo que venga en el articulo, pero sigo teniendo mis dudas cuando se refiere a la forma de administrar bienes como por ejemplo una cabra, los art 601 al 612 están sin contenido.
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: branga en 01 Diciembre, 2010, 17:45:57 pm
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112. Según dispone el Art 172 de Ley Enjuiciamiento Criminal, si al ir a notificar a Beltrán la sentencia dictada, éste no se encontrase en su domicilio:

En algunas plantillas no oficiales han dado por correcta la opción b), pero tengo entendido que según Art 166 de Ley Enjuiciamiento Criminal en su apartado 3º Las notificaciones, citaciones y emplazamientos se practicarán en la forma prevista en el capítulo V del título V del libro I de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Por lo que creo que ya no se puede entregar la cédula al vecino. No estoy seguro si la opción correcta sería la opción d) o podría impugnarse la pregunta.

También en la pregunta 111. La notificación de la sentencia a Antonio, si se hace fuera de los estrados del tribunal consistirá, según el articulo 170 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal:

Respondí la opción a) aunque en otras plantillas han dado por buena la opción c) pero ateniéndonos al articulo 166 de nuevo, nos tendríamos que ir a lo civil, por lo que el articulo 170 quedaría derogado, ya no se entrega copía de la Cédula. Por lo que no se si también es una pregunta que puede ser impugnada.

Espero que alguien pueda ayudarme a resolver estas dudas. Gracias.
Hola, me da que tu eres una de las damnificadas de esa "libre" interpretación que hace el autor del libro de MAD, ¿puede ser?.
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: Opositoro en 01 Diciembre, 2010, 19:23:26 pm
Suelo usar tanto temario como las leyes para estudiar. Para los test voy pillando de distintas editoriales para comparar, por si unos son demasiado fáciles y luego a la hora de la verdad me crujan. Pero estoy viendo que más que ayudar me esta perjudicando porque cada editorial cuenta lo que le da la gana y algunas se inventan hasta las respuestas.
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: lydia21 en 01 Diciembre, 2010, 20:42:45 pm
En civil se le puede notificar al vecino el requerimiento de pago en la ejecución hipotecaria.
Título: Re: Dudas 2º Ejercicio A del 27 Noviembre
Publicado por: opositor84 en 04 Diciembre, 2010, 16:31:15 pm
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En civil se le puede notificar al vecino el requerimiento de pago en la ejecución hipotecaria.

No.