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OPOSICIONES => TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA => Exámenes => Mensaje iniciado por: justiciaoposicion en 10 Enero, 2011, 11:53:41 am
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siempre según los sindicatos, la oficial se publicará el 21 de enero en el BOE.
Enhorabuena a tod@s
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Muchas gracias,
Cuál es la fuente?? UGT?
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muchas gracias por la info :) juas q nervios! suerte a tod@s!!
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Según la orden que pone que publicarán en el BOE, para Madrid, yo entiendo que ¿hay que ir a la Dirección General de Justicia de la Comunidad de Madrid a tomar posesión? yo tenía entendido que tomabas posesión en el lugar donde te habían destinado. No entiendo nada, si alguien me puede aclarar la duda por dios!
Saludos
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es verdad que leida la resolución da esa impresión pero yo creía que se tomaba posesión en el destino...a ver si los que aprobaron auxilio nos ayudan :)
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en otro foro han puesto esta info que creo que es de gran ayuda:
Hola Naykay y Nur, para poder tomar posesión, primro hay que ir a la Dirección General de Justicia de la Comunidad Madrid, Alcala, 4, y ahí dan la documenación con tu nombre y destino adjudicado . Esa documentación después hay que llevarla al destino (JUzgado, Decanato...) y se entrega al Secretario que es el que te da la posesión con su firma y la tuya un ejemplar se queda en el destino, otro para tí y otro se devuelve firmado a la Dirección General de Justicia, y a partir de entonces se puede decir que ya estás "poseída".
Para el caso de que estés ya trabajando en Justicia, y ahí haya Civitas, te evitas tener que ir a la Dirección Gral. Justicia, porque ellos te entregan la documentación para que la entregues en tu nuevo destino como Tramitador.
Con tu firma ya estás jurando o prometiendo la Constitución.
Venga, que lo que nos queda ya no es nada comparado con lo que llevamos.
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hay que llevar alguna documentación para la toma de posesión?
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hay que llevar alguna documentación para la toma de posesión?
En la orden de la comunidad de madrid pone: .- Los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, a los que se les otorga destino en esta Resolución, deberán tomar posesión ante la Dirección General de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo de veinte días naturales ...
Según me han dicho en la direccion general te dan una documentacion con la que tienes que ir al juzgado...pero no sé cómo se hará en otras comunidades autónomas...
Saludos,