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OPOSICIONES => TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA => De todo un poco => Mensaje iniciado por: LIBRA73 en 24 Marzo, 2011, 14:47:38 pm
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Hola futuros tramitadores!
Mientras esperamos que se abra el plazo para entregar la documentación me asaltan dudas. No sé si algun@ de vosotr@s conocéis a alguien que ya esté dentro y me podéis responder.
¿Nuestros familiares (en mi caso marido e hijas) también tendrán cobertura médica con la entidad que eligamos? O tendrán que seguir por la Seguridad Social??
Gracias!
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Si tu marido esta en paro y ya no recibe prestación por desempleo entonces el estara cubierto por tu seguro medico (sobre los hijos no tengo idea) pero si no es el caso el seguira en la seguridad social.
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Los hijos mientras vivan contigo y no trabajen tambien. En cuanto trabajen volveran a la SS al igual que tu marido como te han contestado ya ;)
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Muchas gracias por la respuesta a los 2.
Un aplauso para cada uno!
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Sois conscientes de las reformas que se implantaron para todos los funcionarios que se incorporaran a partir de enero de 2011? Van todos a la seguridad social.
Eso es en materia de pensiones, no en la cobertura médica
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Perdonad mi ignorancia, pero a que cobertura medica tienen derecho los tramitadores.
Muchas gracias
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Perdonad mi ignorancia, pero a que cobertura medica tienen derecho los tramitadores.
Muchas gracias
Tienen derecho a asistencia sanitaria (primaria, especialistas, etc) con una entidad privada a elegir (Adeslas, Sanitas, etc). Os adjunto un documento que he encontrado que lo explica con más detalle.
[archivo adjunto borrado por el administrador]
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¿Con las reformas de ZP no adscriben al régimen general de la Seguridad Social a los funcionarios de nueva incorporación? Creo haber oido que ya no habría regímen específico.
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No fastidies!! yo lo que le acabo de contestar claro era sin la reforma de las narices.... no me daba cuenta!! voy a investigar....... pues que fastidio que yo me las estoy empezando a preparar.. JAJA!
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Buenas tardes,
Lo único que cambia con la reforma que se ha hecho, es que a partir del 1 de enero de 2011 para los funcionarios de nuevo ingreso el concepto de clases pasivas: jubilacion, se va a pagar a la seguridad social, en su día cuando nos jubilemos la pensión nos la pagará la seg. social. Respecto al otro concepto que se paga para asistencia medica y demás a la MUGEJU sigue igual.
os pongo un enlace de un sindicato que hay colgado un pdf. que lo explican muy bien, para el caso de Muface que es igual que para el de Mugeju.
un saludo
http://www.ustea.es/muface