FORO OPOSICIÓNES DE JUSTICIA .:::http://www.foj.wesped.es:::.
OPOSICIONES => CLASES ON-LINE GESTIÓN => Mensaje iniciado por: MOONNIGHT en 25 Marzo, 2011, 19:10:32 pm
-
Hola,
Estoy organizando los temas de gestión y preparando resumenes. Mi duda es la siguente: donde incluiis vosotros el poder de disposicion de las partes sobre el proceso y sobre sus pretensiones? (arts. 19 - 22 LEC)
He mirado el temario pero no se donde incluirlo.
Un saludo
-
Date cuenta que suelen ser figuras jurídicas que se dan en muchos procedimientos,sobre todo especiales ...Como la enervación...
Si hubiera que meterlo en algún tema sería en el 17 de Gestión,al ser cuestiones relacionadas con las partes.Por ejemplo la sucesión procesal tampoco entra en el programa,pero al ser muy relativo "lo que se considera que entra o lo que no" pues se podría incluir o encasillar en ese mismo tema 17.Luego siempre pueden ser referencia para otros temas.
Saludos.
-
Muchas gracias Yomismo2009, es que es dificil saber que incluir o no.
Un saludo
-
Hola,
Estoy organizando los temas de gestión y preparando resumenes. Mi duda es la siguente: donde incluiis vosotros el poder de disposicion de las partes sobre el proceso y sobre sus pretensiones? (arts. 19 - 22 LEC)
He mirado el temario pero no se donde incluirlo.
Un saludo
No tenías un preparador?
-
No tenías un preparador?
Perdona, no sabia que si se tiene preparador o se está en una academia, no se puede preguntar o pedir una opinion a los demas
-
Perdona, no sabia que si se tiene preparador o se está en una academia, no se puede preguntar o pedir una opinion a los demas
como te daban el temario, pense que te lo daban montado, que no es en plan IKEA.