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OPOSICIONES => PROFESIONALES => Mensaje iniciado por: aporellos en 12 Junio, 2011, 17:52:57 pm
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Hola a todos!
¿cuándo cogemos vacaciones los que hemos aprobado auxilio y tramitación en el año 2010? ¿TENEMOS QUE DISFRUTARLAS POR SEPARADO, las generadas en auxilio, en auxilio y las generadas en tramitación, en tramitación?
No se si me explico...Por favor, que alguien lo aclare, hay mucha gente en esta situación...
Gracias por anticipado. :D