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OPOSICIONES => AUXILIO JUDICIAL => Dudas => Mensaje iniciado por: marycdm en 06 Julio, 2011, 09:59:36 am
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Hola!
A ver si alguien me puede resolver esta duda.
¿El embargo de sueldos de una comunidad de gananciales, es una "ejecución"?
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Va a ser que sí.
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El embargo es una de las medidas adoptadas dentro del procedimiento de ejecución , para el caso de que el ejecutado no pague lo adeudado una vez que se le requiere para ello.
Espero que te sirva....
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¿Te refieres al Artículo 541?
1. No se despachará ejecución frente a la comunidad de gananciales.
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mira el 607 lec, en el porcentaje a embargar del sueldos, etc, se acumulan los de ambos cóyuges....
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¿Te refieres al Artículo 541?
1. No se despachará ejecución frente a la comunidad de gananciales.
Hammer esto está incompleto e incorrecto. la ley te dice que no se despachará ejecución frente a la comunidad de gananciales y rapidamente te dice SALVO.... y hay dos casos en que sí. El primero es por insuficiencia de bienes y se entiende que la comunidad de gananciales debe responder de la deuda y el segundo es por falta de bienes privativos.
Sólo es una aclaración, que estas cosas se quedan grabadas a fuego y yo despues de leer y releer durante meses la LEC me he dado cuenta que en civil siempre hay un salvo o similar y por hay es por donde te acaban pillando jeje
Saludos
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Hola!
A ver si alguien me puede resolver esta duda.
¿El embargo de sueldos de una comunidad de gananciales, es una "ejecución"?
El embargo forma parte del proceso de ejecución. Es una medida de garantía que toma el secretario judicial para asegurar la satisfación del ejecutante, que es la finalidad de la ejecución.
Respecto a tu pregunta no sé muy bien a que te refieres.
Si te refieres a si se despacha ejecución contra la comunidad de gananciales pues como norma general no. Pero hay dos excepciones que he puesto anteriormente en que sí se despacha.
espero haberte servido de ayuda.
saludos
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Tengo una duda en el tema de ejecución, en el tema...
Tema 17. Los procedimientos de ejecución en la Ley de Enjuiciamiento Civil. La ejecución dineraria, no dineraria y supuestos especiales: nociones básicas Las medidas cautelares. Diligencia de embargo, diligencia de lanzamiento, remociones y depósitos judiciales.
Cuando se refiere a "supuestos especiales", ¿a qué se refiere? ¿está en la LEC?
Cuando dice "nociones básicas" se refiere a ejecución dineraria y no dineraria y supuestos especiales, no?
Dónde podría encontrar en la ley las diligencias de embargo, diligencia de lanzamiento, remociones y depósitos legales?
¿Qué quiere decir con los "procedimientos" de ejecución? a que procedimientos se refiere y donde aparece en la LEC?
gracias a todos y suerte!!!
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Tengo una duda en el tema de ejecución, en el tema...
Tema 17. Los procedimientos de ejecución en la Ley de Enjuiciamiento Civil. La ejecución dineraria, no dineraria y supuestos especiales: nociones básicas Las medidas cautelares. Diligencia de embargo, diligencia de lanzamiento, remociones y depósitos judiciales.
Cuando se refiere a "supuestos especiales", ¿a qué se refiere? ¿está en la LEC?
Cuando dice "nociones básicas" se refiere a ejecución dineraria y no dineraria y supuestos especiales, no?
Dónde podría encontrar en la ley las diligencias de embargo, diligencia de lanzamiento, remociones y depósitos legales?
¿Qué quiere decir con los "procedimientos" de ejecución? a que procedimientos se refiere y donde aparece en la LEC?
gracias a todos y suerte!!!
Voy por partes:
1) La Ejecución: viene el el Libro III de la LEC (Arts. 517~747). Link: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t1.html
2) Los "Supuestos Especiales": Supongo que aquí se referirá a los Procesos Especiales en la LEC (capacidad, filiación, matrimonio, menores, división de patrimonios, y procedimientos monitorio y cambiario). Eso está en el Libro IV de la LEC (Arts. 748~827). Link: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t1.html
En esto que te acabo de poner, tienes todo lo referente a lo que preguntas. Por ejemplo, embargo lo tienes en el capitulo III del Titulo IV del Libro III (comienza en el art. 584) que te he indicado. Pero bueno, referencias al lanzamiento y el embargo se hacen en otras partes de la LEC dentro de varios procesos.
En cuanto a lo de nociones básicas, supongo que será respecto a lo que tú indicas, pero a mi modo de entender para todo lo relacionado con el tema de ejecución no llega con "nociones básicas", hay que sabérselo muyyy bien.
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Voy por partes:
1) La Ejecución: viene el el Libro III de la LEC (Arts. 517~747). Link: [url]http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t1.html[/url]
2) Los "Supuestos Especiales": Supongo que aquí se referirá a los Procesos Especiales en la LEC (capacidad, filiación, matrimonio, menores, división de patrimonios, y procedimientos monitorio y cambiario). Eso está en el Libro IV de la LEC (Arts. 748~827). Link: [url]http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t1.html[/url]
En esto que te acabo de poner, tienes todo lo referente a lo que preguntas. Por ejemplo, embargo lo tienes en el capitulo III del Titulo IV del Libro III (comienza en el art. 584) que te he indicado. Pero bueno, referencias al lanzamiento y el embargo se hacen en otras partes de la LEC dentro de varios procesos.
En cuanto a lo de nociones básicas, supongo que será respecto a lo que tú indicas, pero a mi modo de entender para todo lo relacionado con el tema de ejecución no llega con "nociones básicas", hay que sabérselo muyyy bien.
Muchas gracias Oneiros
se que parecen dudas tontas y sencillas, pero a veces hasta el más mínimo detalle quieres dejarlo atado
seguiré tus recomendaciones que son las que yo también imaginaba.