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OPOSICIONES => AUXILIO JUDICIAL => Resumenes => Mensaje iniciado por: isur en 17 Marzo, 2009, 14:21:03 pm
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mi temario no sé si le faltan cosas pero no encuentro por ningún lado. Hay algunas preguntaas de test relativas a las clinicas forenses.No sé si están derogadas o qué pasa. ¿alguien tiene lo de los medicos forenses para que me aclare de una vez?? Tengo un lío monumental.
gracias
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hola isur. En mi temario de auxilio tampoco había ninguna referencia a las clinicas forenses, pero en el temario de tramitación si. Te lo copio por si te sirve de algo.
Los Institutos de Medicina Legal dispondrán de Servicios de Patología y Clínica Médico
Forense.- El Ministerio podrá establecer, a propuesta de la Comunidad autónoma con traspaso
de medios, que se cree en cada instituto un Servicio de Laboratorio Forense y aquellos otros
que se estimen precisos.
Corresponde a los Servicios de Patología la investigación médico legal en los casos de
muerte violenta o sospechosa de criminalidad ocurridas en la demarcación del Instituto y se le
ordene por la autoridad judicial, así como también le corresponde la identificación de los
cadáveres y restos humanos.- 30 E Igualmente se puede solicitar la colaboración del Instituto
de Toxicología.
Los Servicios de Clínica Médico-Forense se encargan de los peritajes médico-legales y
del control periódico de los lesionados, valorando los daños corporales, así como la asistencia
o vigilancia facultativa a los detenidos.
Los Servicios de Laboratorio Forense realizan análisis biológicos, clínicos y de
toxicología, sin perjuicio de las competencias del Instituto de Toxicología31.- (El ministerio
puede dictar instrucciones para determinar el ámbito del Inst. de Toxicología y de este
servicio.
En los partidos judiciales donde no radique un Instituto de Medicina Legal podrá existir
una delegación del Servicio de Clínica a quien correspondería la realización de peritajes
médicos legales y el control periódico de los lesionados, valoración de daños corporales y
asistencia o vigilancia facultativa a los detenidos.
Aparecen en el art. 9(clinicas médico-forenses) del Reglamento de los Institutos de Medicina Legal ( Real Decreto 386/1996 de 1 de Marzo).
Espero haberte aclarado algo.
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Este post es para colgar todos los resúmenes q tengais relativos a estos temas :)
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gracias a Ccord
http://www.foj.wesped.es/index.php?topic=77.0 gracias a Toñico
http://www.foj.wesped.es/index.php?topic=76.0
estos temas no se han modificado, así q entran tal cual están