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OPOSICIONES => TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA => Dudas => Mensaje iniciado por: mrbt en 27 Noviembre, 2012, 11:32:38 am
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Hola,
Mi manual afirma que el preámbulo de la CE tiene un valor declarativo pero no preceptivo.
La duda me surge porque éste ha sido publicado en 2010 pero desconozco si antes o después de la sentencia del TC de 2010 al respecto de este asunto en su resolución sobre la constitucionalidad del Estatuto de Cataluña.
Lo he buscado por tosa la web pero no lo encuentro.
Gracias
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Hola mrbt , yo entiendo que los preámbulos ....son como una intruducción de porqué o porqué motivos o circuntancias se ha redactado una norma.....por lo que son declarativos, es la propia norma la que es preceptiva a través de su articulado que será el modificado,
Salvo opinión distinta claro,
Saludos,
mncmnc
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el Preámbulo de la constitución tiene valor declarativo, no preceptivo; sin embargo, los títulos de la constitución tienen valor preceptivo, es decir, deber de cumplirlos, obligatorios.