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OPOSICIONES => TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA => Dudas => Mensaje iniciado por: mrbt en 15 Diciembre, 2012, 17:43:39 pm

Título: CE. DELEGACION LEGISLATIVA
Publicado por: mrbt en 15 Diciembre, 2012, 17:43:39 pm
Hola,

Artículo 84CE
Cuando una proposición de ley o una enmienda fuere contraria a una delegación legislativa en vigor, el Gobierno está facultado para oponerse a su tramitación. En tal supuesto, podrá presentarse una proposición de ley para la derogación total o parcial de la ley de delegación.

Por favor, corregidme si me equivoco.  La proposición de ley o enmienda sería contra la norma con fuerza de ley dictada por el gobierno en virtud de le ley de delegación que las Cortes y en el caso de que el Gobierno se opusiera a la tramitación de la enmienda o de la proposición de ley el promotor de éstas podrá ir directamente contra la norma de las Cortes que autoriza al Ejecutivo a dictarla.


Gracias
Título: Re:CE. DELEGACION LEGISLATIVA
Publicado por: yomismo2015 en 15 Diciembre, 2012, 21:19:29 pm
Es básicamente lo que dices,pero es mucho más sencillo.

El gobierno podrá oponerse a la tramitación de una proposición de ley o enmienda que sea contadictoria a unas disposiciones que emitió el Gobierno en su día (y está en vigor) mediante decreto-legislativo por delegación o autorización previa de las Cortes.Este decreto-legislativo que tiene fuerza de ley es lógico que para que pueda dejar de tener validez hay que derogarlo a priori.

Es normal que el Gobierno diga en sentido figurado :"Oye,oye Señor Congreso o Señor Senado que tú me diste unos patrones iniciales para que realizara este decreto-legislativo y delegaste en mi la confianza para que creara unas disposiciones acordes,por lo menos primero haz una proposición de ley que pase el filtro del Parlamento y que si hay acuerdo pues que se derogue".

Saludos.

Título: Re:CE. DELEGACION LEGISLATIVA
Publicado por: mncmnc en 17 Diciembre, 2012, 20:08:57 pm
te doy aplausazo!! ;D

Saludos,
mnc
Título: Re:CE. DELEGACION LEGISLATIVA
Publicado por: mrbt en 20 Diciembre, 2012, 11:36:40 am
Gracias por la respuesta.

Cuando el art 84 Ce establece "....proposición de Ley para la derogación total o parcial de la Ley de delegación" parece dirigirse a que la acción derogatoria sería contra la ley de las CCGG autorizando al Ejecutivo a aprobar un Decreto-legislativo, ¿no?
Título: Re:CE. DELEGACION LEGISLATIVA
Publicado por: yomismo2015 en 20 Diciembre, 2012, 13:01:55 pm
A la propia ley que está en vigor y que se hizo por autorización de las Cortes ,ya fuera por ley de bases o ley ordinaria.

Saludos.
Título: Re:CE. DELEGACION LEGISLATIVA
Publicado por: mrbt en 20 Diciembre, 2012, 14:54:18 pm
Gracias.  Queda claro