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OPOSICIONES => GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA => Dudas => Mensaje iniciado por: ciudadano_x en 05 Diciembre, 2013, 10:03:48 am
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¿Existe algún plazo para que el tribunal exhortado lleve a cabo la diligencia? En la LEC en algún sitio menciona "tiempo señalado", pero no veo plazo.
Gracias
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El art. 171.1, apartado 5 de la LEC dice: "Cuando las actuaciones interesadas hayan de practicarse dentro de un plazo, se indicará también la fecha en la que éste finaliza".
Yo entiendo que éste es el plazo señalado al que se refiere después el art. 173: "El responsable de la Oficina judicial que recibiere el exhorto dispondrá su cumplimiento y lo necesario para que se practiquen las actuaciones que en él se interesen dentro del plazo señalado"
Que me corrija alguien si me equivoco.
Saludos.
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Considero lo mismo que Hadita.
Un aplauso poderoso.
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Entonces, la naturaleza propia de la diligencia es la que fija el plazo, por decirlo así, entiendo más o menos de vuestros razonamientos.