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OPOSICIONES => GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA => Dudas => Mensaje iniciado por: ciudadano_x en 20 Diciembre, 2013, 18:30:50 pm
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Hola, la vecindad civil se supone que va en la sección cuarta del RC, porque en mi temario no pone nada al respecto y tengo que imaginarlo.
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No me atrevería a asegurártelo.....pero creo que va en la primera, en la de nacimientos y general...
Que alguien lo confirme
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Va en la primera, al margen de la de nacimiento.