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OPOSICIONES => GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA => Dudas => Mensaje iniciado por: edel en 28 Febrero, 2014, 13:37:00 pm

Título: tasas en la jurisdicción social
Publicado por: edel en 28 Febrero, 2014, 13:37:00 pm
En el artículo 229 de La Ley de Jurisdicción social establece (para quien no sea trabajador o beneficio del régimen público de la Seguridad Social) unas tasas de: 300 € para suplicación y 600€ para casación. Sin embargo en la Ley de tasas se establece: 500 y 750 respectivamente. (para todo el mundo ) Pensé que se habría modificado el 229. Y veo en noticiasjurídicas que no. Se me escapa el motivo. :(
Título: Re:tasas en la jurisdicción social
Publicado por: ciudadano_x en 28 Febrero, 2014, 15:49:39 pm
Por aquí lo he preparado acorde a la ley de tasas.

En todo caso, la ley posterior deroga a la anterior, creo que la de tasas es más nueva.

Aunque se agradecen observacionesz al respecto.
Título: Re:tasas en la jurisdicción social
Publicado por: Mluz en 28 Febrero, 2014, 21:15:13 pm
Segundo intento d respuesta....se trata de cosas distintas. X un lado hay q depositar al anunciar y preparar supli/casac  con las exenciones previstas en la leyvy x otro hay q pagar las tasas AL INTERPONEr supli/casa con una exenc en su importe del 60/x ciento xa trabaj. Y benef de Ss. 
Depisitos 300/600. Tasas parte fija 500 y 750. Supli y casa respectivamente.