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OPOSICIONES => GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA => Dudas => Mensaje iniciado por: ciudadano_x en 19 Mayo, 2015, 21:30:17 pm
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Buenas.
Esta tarde he estado repasando la ley del C-A en noticias jurídicas, y he visto que los funcionarios ya no pueden representarse así mismos, mejor dicho, dicho apartado ha sido suprimido. ¿He de olvidarme de eso, y ahora los funcionarios necesitan abogado si presentan recurso c-a sobre sus derechos estatuarios?
Y respecto a la falta de juridisción y competencia, antes había audiencia a las partes y al MF por 3 días, pero parece que tampoco sigue igual y ahora son 10 días, ¿podeis confirmarlo?
Gracias.
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Hola ciudadano x ,
he buscado sobre el tema y efectivamente el Noticias jurídicas se señala que queda derogado el apdo 3 del art.23 que es el que concedía la facultad a los funcionarios de autorepresentación.
En el blog de justicia de Adams , también se señala así y ademas especifica que se derogó en la Disosición final 2ª de la ley de Tasas,aunque también indica que el Anteproyecto de Ley de Asistencia jurídica pretende reformar nuevamente este artículo para devolver esta facultad a los funcionarios por lo que habrá que estar pendiente, pero entiendo que hoy por hoy no pueden representarse a si mismos.
Un saludo. :)
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A día el punto 3 del artículo 23 está derogado por lo que a los funcionarios se aplica la misma representación y defensa que a cualquier otra persona.