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OPOSICIONES => AUXILIO JUDICIAL => Dudas => Mensaje iniciado por: Manuel8421 en 09 Julio, 2015, 22:23:01 pm
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Buenas, no entiendo que quiere decir cuando dice "pero conocidas después de a?quélla", ¿a que se refiere? causas, recusación
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Se refiere a las causas de recusación conocidas después del juicio o la vista (momento en el que no se puede recusar ya a ningún perito).
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Gracias