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OPOSICIONES => AUXILIO JUDICIAL => Dudas => Mensaje iniciado por: paulap en 27 Junio, 2016, 18:26:08 pm
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No se si he entendido bien el concepto de tenencia, a ver si alguien puede ayudarme o decirme si estoy en lo cierto. Si la tenencia es "el hecho de tener en su poder un bien en virtud de un título que atribuye a otro la propiedad de dicho bien", entonces yo entiendo que, por ejemplo, un inquilino tiene la tenencia de la vivienda, y el arrendador tiene la posesión.
Gracias :D
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Si.
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Muchas gracias, se que era una pregunta un poco tonta, pero estas dudas de poca monta son las peores
;)