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OPOSICIONES => AUXILIO JUDICIAL => Dudas => Mensaje iniciado por: Manuel8421 en 04 Febrero, 2017, 17:37:27 pm
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Buenas tardes, me gustaría saber cuál es la diferencia exacta entre las comisiones de servicio o sustituciones. Las comisiones de servicio requieren sustituciones también.
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Las sustituciones están claras,tu estas de baja y contratan a otra persona -interino- para que te sustituya hasta que te den el alta médica.
Las comisiones de servicio son plazas,que por alguna razon, no tienen funcionario que las ocupe, y con caracter temporal se las ofrecen a otros funcionarios por si quieren ocuparlas,sin esperar al concurso de traslados ordinario ni nada.
El ebep dice muchas cosas, yo el contenido no lo recuerdo,pero te pongo por ejemplo; hace unos meses el juzgado de paz de Peñiscola pasó del ayuntamiento a depender de funcionarios de la administración de justicia: salieron dos plazas en comision de servicios por si algún funcionario las quería ocupar.
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Gracias