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OPOSICIONES => AUXILIO JUDICIAL => Dudas => Mensaje iniciado por: silviadfg en 09 Junio, 2009, 22:48:23 pm
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Tengo dos preguntillas...
1ª; La cedula de citación en el procedimiento penal también se firma por el secretario? o sólo es la cédula de notificación lo que firma el secretario?
2ª En una pregunta de un test dice que si el funcionario de auxilio al ir a entregar la citación al testigo ya no vive allí y la facilitan el otro domicilio, deberá acudir al nuevo domicilio a practicar la citación. Sabe alguien si esto es así? no lo he encontrado en ningún sitio...
Gracias
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HOLA SILVIA
1.-LA CEDULA ORIGINAL LA FIRMA EL SECRETARIO Y LAS DEMAS LAS AUTORIZA EL FUNCIONARIO ENCARGADO
2.- LA LEY NO DICE ESO LO QUE HARA ES EXTENDER DILIGENCIA NEGATIVA DE COMUNICACION Y YA EL SECRETARIO LE DIRA A DONDE TIENE QUE IR DE NUEVO
ESPERO HABERTE AYUDADO
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Gracias Molanu! si me has ayudado. :)
En cuanto a la segunda pregunta es lo que pensaba, pero como lo ví en un test... a veces tienes las cosas claras y los test te lían más...
Un saludo.