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OPOSICIONES => TRAMITACIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA => Dudas => Mensaje iniciado por: naykay en 01 Agosto, 2009, 10:13:13 am
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entra para el segundo examen??? :-\ imagino que no pero como ponen lo que quieren no sé ya que descartar o qué no...
Ánimoooo y gracias a quien me pueda ayudar!!!! ;D
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Entrar no entra en el temario... ahora, no tengo la bola de cristal de los miembros del tribunal, por lo que 100% no puedo asegurar... pero vamos, que yo no me la estudiaría para el segundo ejercicio ::)
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Se supone que no entra, pero también se supone que no entra la Ley de responsabilidad de los mem ores y cayó en el primer examen, ???
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Ya... por eso, que bajo la responsabilidad de cada uno, pero claro, en este caso, menores te lo pueden intentar colar por la organización judicial o yo que sé, pero concursal está en un bloque específico en Gestión, que es mercantil, al que no te hacen referencia en Tramitación. No es como el segundo de auxilio y las famosas nociones generales de los procesos especiales.
Y menores a ver por dónde salen... me joderían las impugnaciones, (2 aciertos y una en blanco) pero creo que claramente están fuera de temario
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muchas gracias ;) no me lo voy a estudiar básicamente porque me está costando la vida entender todo lo demás y no me da tiempo asíque cruzaré dedos para que no se me quede cara de :o :o si lo ponen...
Buen díaaaaaaa!!!!
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Yo creo que si entra, es mas, todo lo que tenga que ver con procedimientos entra. Yo estoy estudiando desde el tema 16 hasta el ultimo. Incluso el registro civil!
un saludo,
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Claro, FA, es que el Registro Civil sí que entra... son 2 temas... como pa no estudiarlo... que al fin y al cabo, podemos trabajar en Registro
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Si entra todo lo relativo a procedimiento...entonces porqué habrían de impugnar las de menores??? en fin esto es una loteria...no entiendo para qué ponen un temario especificando cosas si luego entra todo... ???
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Si entra todo lo relativo a procedimiento...entonces porqué habrían de impugnar las de menores??? en fin esto es una loteria...no entiendo para qué ponen un temario especificando cosas si luego entra todo... ???
Las preguntas a la ley de menores es probable que el tribunal acepten las impugnaciones. No tienen donde agarrarse legalmente para demostrar que estaba dentro del temario establecido. Al igual que creo la pregunta 35, habla de derecho sustantivo y tambien puede ser impugnable, eso no entra. Pero como siempre el tribunal decide.
Yo pienso que lo mejor es estudiar todo lo posible, creo que tenemos tiempo de sobra si en realidad el examen es a mediados de Octubre.
Un saludo
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FA, por lo que dices tú es por lo que creo que no entrará Concursal... no hay resquicio alguno por donde lo puedan meter, salvo igual colateralmente en un caso de laboral (ya sabes, cuando en la LPL se establece cuál es el ámbito del orden social y se hace referencia a la Ley Concursal, para excluir esos conflictos del orden social)
Y la 35, que yo sepa, es derecho procesal... ¿no te estarás refiriendo a la 32, la del Registro Civil?
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Si entra todo lo relativo a procedimiento...entonces porqué habrían de impugnar las de menores??? en fin esto es una loteria...no entiendo para qué ponen un temario especificando cosas si luego entra todo... ???
Por eso, en algunas oposiciones, los sindicatos presionan para que haya un temario oficial; que se diga qué epígrafes y artículos entran en cada apartado del temario. En algunas oposiciones se está luchando para ello, pero en Justicia, parece que los Sindicatos se preocupan más de pedir concurso-oposición que de defender los intereses de los opositores.
(Fa, perdona, que sé que perteneces a un sindicato... no es una crítica a STAJ, ni siquiera a los sindicatos de Justicia... sino en general)
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FA, por lo que dices tú es por lo que creo que no entrará Concursal... no hay resquicio alguno por donde lo puedan meter, salvo igual colateralmente en un caso de laboral (ya sabes, cuando en la LPL se establece cuál es el ámbito del orden social y se hace referencia a la Ley Concursal, para excluir esos conflictos del orden social)
Y la 35, que yo sepa, es derecho procesal... ¿no te estarás refiriendo a la 32, la del Registro Civil?
Si perdon, es la 32. Y lo que indicas sobre la ley de procedimiento laboral; comentar que la ley concursal es un texto refundido dentro de la ley de procediemiento laboral, por lo tanto yo creo que entra:
Dos referencias, este libro:
La ley concursal y el procedimiento laboral
* Autores: Bartolomé Ríos Salmerón
* Localización: Estudios de derecho judicial, ISSN 1137-3520, Nº. 63, 2004 (Ejemplar dedicado a: Problemas críticos del proceso laboral) , pags. 509-548
Y esta pagina web algo antigua, de 2002, y realizada por un compañero sindical:
http://www.nodo50.org/derechosparatodos/DerechosRevista/Derechos10-Concursal.htm
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(Fa, perdona, que sé que perteneces a un sindicato... no es una crítica a STAJ, ni siquiera a los sindicatos de Justicia... sino en general)
Cucha que no pasa nada!! tu puedes opinar lo que pienses y no por ello me voy a enfadar ni a molestar. Lo unico comentar que los sindicatos defienden a los interinos y a los f. de carrera, de ahi a que defiendan un concurso-oposicion.
Un saludo,
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:'( :'( :'( :'( ojala no lo pongan porque aunque sea en octubre el examen no me podría aprender una ley que no me he mirado...Las demás las he leido mil veces y me cuesta muchísimo!! que me toque el euromillón por favor!!!!
Gracias por vuestra ayuda!
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Fa, sobre la Ley Concursal una matización...
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l22-2003.html
y en concreto,
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l22-2003.t9.html#df15
Son dos leyes distintas... de hecho, no es un texto refundido... es una ley reciente (No un Decreto Legislativo). En el primero, te pongo el índice de la ley, donde se ve que es una ley sustantiva y no un texto refundido; y el segundo, una disposición final que modifica la Ley de Procedimiento Laboral, por lo que se ve claramente su independencia "vital" respecto de la LPL.
Y sobre lo otro que dices, ya, ya sé que obviamente es lo que defienden; pero a eso me refiero... en otras Administraciones, los Sindicatos exigen que se acote el temario oficialmente. Y lo que deben hacer, es defender los intereses de los trabajadores en general, al menos bajo mi punto de vista. Ya sé que soy muy utópico y tal, pero bueno... ::) De todas formas, es lo que dices, cada uno puede pensar diferente; pero te lo especifiqué para eso, por si te molestaba que sepas que no era para ti ;)
A ver si puedo ver el trabajo que citas en primer lugar, el de Ríos Salmerón... algo ya leí de este señor... a ver qué nos cuenta... aunque la verdad es que entre Gestión, Trami y el Concurso de Auxilio, mucho tiempo pa leer cosas colaterales no tengo. Esperemos que a los señores del Tribunal no les dé por preguntarlo ¿no crees? :P
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A ver si puedo ver el trabajo que citas en primer lugar, el de Ríos Salmerón... algo ya leí de este señor... a ver qué nos cuenta... aunque la verdad es que entre Gestión, Trami y el Concurso de Auxilio, mucho tiempo pa leer cosas colaterales no tengo. Esperemos que a los señores del Tribunal no les dé por preguntarlo ¿no crees? :P
Jajajajja, entonces estoy seria ya una verguenza si lo preguntaran!!! jajaja
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Si perdon, es la 32. Y lo que indicas sobre la ley de procedimiento laboral; comentar que la ley concursal es un texto refundido dentro de la ley de procediemiento laboral, por lo tanto yo creo que entra:
Dos referencias, este libro:
La ley concursal y el procedimiento laboral
* Autores: Bartolomé Ríos Salmerón
* Localización: Estudios de derecho judicial, ISSN 1137-3520, Nº. 63, 2004 (Ejemplar dedicado a: Problemas críticos del proceso laboral) , pags. 509-548
Y esta pagina web algo antigua, de 2002, y realizada por un compañero sindical:
[url]http://www.nodo50.org/derechosparatodos/DerechosRevista/Derechos10-Concursal.htm[/url]
Como dices que la Ley concursal es un texto refundido de la LPL?????
Eso no es así, la Ley Concursal no tiene nada que ver con la LPL. Es la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, entró en vigor el 1-9-04 y se crearon los juzgados mercantiles. Poco tiene que ver con la LPL ya que generalmente si hay trabajadores y la empresa entra en concurso se tramita todo desde el mercantil, dentro del concurso, en la pieza de trabajadores que se tramita a través del departamento de trabajo de cada comunidad (en Cataluña es Barcelona) y ha habido una reforma que entró en vigor el 1.4.09 que lo único que ha hecho ha sido acortar los plazos y colapsar aún más los mercantiles, que la publicación del auto de declaración de concurso en el BOE sea gratuito, lo que ha colapsado el BOE, y cuatro paridas más que no han solucionado nada sino empeorado. Y para tramitación NO ENTRA, solo nociones básicas. Aunque a mí no me iria nada mal que entrara!!!
Saludos!
P.D. Acabo de ver la contestación de lionhart79 sorry.
No se que me pasa pero no puedo ver la primera página de mensajes recientes.
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Ya... por eso, que bajo la responsabilidad de cada uno, pero claro, en este caso, menores te lo pueden intentar colar por la organización judicial o yo que sé, pero concursal está en un bloque específico en Gestión, que es mercantil, al que no te hacen referencia en Tramitación. No es como el segundo de auxilio y las famosas nociones generales de los procesos especiales.
Y menores a ver por dónde salen... me joderían las impugnaciones, (2 aciertos y una en blanco) pero creo que claramente están fuera de temario
Pero por ejemplo la LOPJ dedica arts al concurso y al Juez Mercantil, eso si entra y también la LEc a lo largo de sus arts. hace referencia al concurso. Y además, cuando yo estudié derecho, y tampoco hace tanto (sólo 3 añitos que terminé), el concursal no solo se daba en Derecho mercantil, también derecho procesal dentro de los procesos civiles especiales, porque hay que tener en cuenta que el concurso regula no solo situaciones de insolvencia de empresarios, sino también en general, por eso también lo incluyen ahí. Aún así, y aunque me lo voy a estudiar porque me entra para el segundo de gestión, me parece que con tantos tipos de procesos que pueden caer en el 2º de trami, habría que tener muy malas ideas para preguntar esto cuando no hay tema específico en el programa, así que casi con total seguridad que no cae.
En cuanto a las impugnaciones de menores yo estoy como tu más o menos, 2 bien y una mal, a ver que pasa.
Saludos
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Pues yo de menores tengo 2 bien y 1 en blanco. Si las impugnan ya me han jodido más de lo que ya estoy!!! :-\ >:(
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Ayer mismo una amiga que es ya funcionaria de Gestión (aprobó la ultima convocatoria con notazas) me dijo cuando le comenté lo de la intevención del caudal hereditario de Auxilio: Pero si eso es de Gestión! Y yo si, si, eso cuentaselo al Tribunal, porque....a este paso, hay que llevar las opos a nivel de juez.
Por cierto, estais hablando de procesal, pero puede caer también un procedimiento disciplinario, no os olvidéis!!!!
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Ya... por poder... nada lo prohibe... incluso podrían poner un procedimiento de declaración de inconstitucionalidad. Si es que es lo malo de la inconcreción del temario... da lugar a un gran arbitrio
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Mejor no les demos ideas a los del tribunal.