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OPOSICIONES => LEGISLACIÓN => Mensaje iniciado por: sylvias78 en 19 Noviembre, 2008, 18:38:45 pm
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espero que os sea de utilidad
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todo es de utilidad ;)
un aplauso para tí;)
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Hola
La ley está bien, sin embargo, no olvidéis que los art. 7, 16,20, 21 y 46 han sido modificados por el art. duodécimo de la Ley de Reforma Procesal, la 13/2009.
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añadamos los artículos 2-3-4-5-6-12- y 16 -ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita