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OPOSICIONES => CLASES ON-LINE TRAMITACIÓN => Mensaje iniciado por: vicky23 en 12 Febrero, 2010, 10:11:57 am

Título: duda en una pregunta
Publicado por: vicky23 en 12 Febrero, 2010, 10:11:57 am
¿La Audiencia Provincial es competente para conocer en primera instancia del procedimiento para el
enjuiciamiento rápido de determinados delitos dentro del ámbito del Procedimiento Abreviado?:
a) No, nunca
b) Sí.
c) Únicamente será competente si el delito está castigado con pena privativa de libertad superior a 5 años.
d) Solamente conocerá de estos procedimientos cuando alguno de los acusados esté privado de libertad.

Yo creo que es la A, porque el juicio rapido es para delitos castigado con pena de prisión de hasta 5 años, y la Audiencia Provincial conoce de delitos a partir de 5 años de prisión.
Pero eso de "dentro del ámbito del Procedimiento Abreviado" me ha confundido un poco, ya que nunca lo había escuchado. ¿Qué significa?

Un Saludo!!
Título: Re: duda en una pregunta
Publicado por: mari en 12 Febrero, 2010, 17:27:24 pm
Yo estoy de acuerdo contigo... El juicio rápido está dentro del ámbito del Juez de lo Penal, tal y como lo establece el art. de la LECr. Por tanto, hay que descartar a la Audiencia Provincial. Yo creo que lo del Procedimiento Abreviado lo han puesto para mosquear porque ahí puede entrar con respecto al enjuiciamiento tanto el juez de lo penal como la Audiencia Provincial ya que el procedimiento abreviado conoce de los delitos con penas superiores a los 9 años de privación de libertad...
Título: Re: duda en una pregunta
Publicado por: mari en 12 Febrero, 2010, 17:30:21 pm
Se comió el artículo. Me refería al art. 795 de la LECr donde se especifican los requisitos del juicio rápido.