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OPOSICIONES => GESTIÓN PROCESAL Y ADMINISTRATIVA => Dudas => Mensaje iniciado por: aprendiza en 19 Diciembre, 2008, 17:56:31 pm
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Las faltas prescriben a los seis meses pero ¿desde cuando se cuentan esos seis meses? ¿desde la comisión del hecho? ¿desde que se comunica al denunciado este hecho? ??? ??? ???
Una vez iniciado el procedimiento ¿Cuando precriben?...
Estoy hecha un lío... :'( :'( :'( :'(
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las faltas DESDE SU COMISIÓN, si hay causa penal desde la firmeza de la resolución
las faltas prescriben:
las leves a los 2 meses
las graves a los 6 meses
las muy graves al año
las sanciones:
leves a los 4 meses desde su cumplimiento
graves 1 año
muy graves 2 años
la cancelación de las anotaciones
apercibimiento: 6 meses desde la firmeza
resto(excepto separación del servicio) graves 2 años, muy graves 4 años desde cumplimiento de la sanción
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¿Te refieres al juicio de faltas en penal???
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SORRYYYYY
las sanciones prescriben ,leves 4 meses, graves 1 año, muy graves 2 años A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A AQUEL EN QUE ADQUIRIERA FIRMEZA LA RESOLUCIÓN EN QUE SE IMPONGA
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Me referia JUICIO DE FALTAS PENAL.
Pero gracias por contestar, ya que así resolvermos las dudas entre todos y aprendemos.