A ver es muy facil, segun tipo de regimen economico matrimonial:
Separacion de bienes: nigun problema, se va contra bienes del deudor SOLO no contra los de la pareja
Regimen de gananciales: se va igualmente contra los bienes pero debe comunicarse a la pareja tambien para que pueda ejercer derecho de oposicion (como si fuese un fiador solidario mas o menos)
Regimen de participacion: en este tipo es mas delicado ya que existe una separacion previa a la union matrimonial de los bienes, de todas formas tiene que ser notificada la pareja para que pueda ejercer su derecho de oposicion