Autor Tema: DUDA ART. 78 LRC  (Leído 1064 veces)

Alcantara

  • Visitante
DUDA ART. 78 LRC
« en: 05 Noviembre, 2010, 17:12:19 pm »
alguien tiene idea del art.78 de la ley de registro civil?

Señala que:

En el Libro Especial de Matrimonios Secretos del Registro Central se inscribirán:
1. Los matrimonios de conciencia celebrados ante la Iglesia, si lo solicitan ambos contrayentes.
2. Los matrimonios civiles celebrados en secreto por dispensa.

No entiendo en que consisten ni el punto uno ni el dos, alguien podria medio aclararmelo?

mil gracias de antemano.

turbo_bgb

  • Visitante
Re: DUDA ART. 78 LRC
« Respuesta #1 en: 05 Noviembre, 2010, 17:25:32 pm »
Yo tengo entendido, que el matrimomio de conciencia el que por "motivos graves", se celebra y tiene en secreto con autorización del ordinario.

Y por dispensa los que necesitan de autorización, como podria ser por ejemplo, los menores de edad.

Si estoy equivocada... acepto correcciones jejjejeje

Un saluditoooo .... :P

Alcantara

  • Visitante
Re: DUDA ART. 78 LRC
« Respuesta #2 en: 05 Noviembre, 2010, 18:32:21 pm »
esto.....puedes desarrollarme tu expresión: "tiene en secreto con autorización del ordinario"??? jeje


gracias anticipadas

Alcantara

  • Visitante
Re: DUDA ART. 78 LRC
« Respuesta #3 en: 05 Noviembre, 2010, 18:35:46 pm »
sobre todo...la duda es....."de que ordinario"? del juez ordinario?

turbo_bgb

  • Visitante
Re: DUDA ART. 78 LRC
« Respuesta #4 en: 05 Noviembre, 2010, 18:41:40 pm »
Noo ten en cuenta que estamos hablando dentro del contexto de "Los matrimonios de conciencia celebrados ante la Iglesia, si lo solicitan ambos contrayentes" el ordinario seria el curita.
Se celebra y te tiene (mantiene) en secreto.......

Oye que ya te digo es una apreciación mia proque yo tb busqué definiciones porque no me quedaba muy claro....
Creo que nos complicamos demasiado jajajja. tampoco es tan importante eso.. no te comas la cabeza
 ;)