art54 LPL(redacción sergún la 13/2009 y literal al BOE): Las resoluciones procesales se notificarán en el mismo día de su fecha, o de la publicación en su caso, a todos los que sean parte en el juicio, y no siendo posible en el día hábil siguiente.
antigua redacción: ........ y no siendo posible, en el día habil siguiente.
Parece lo mismo pero no lo es. La coma le cambia el significado total al artículo.
Sin coma: la resolución se notificará en el mismo día de su fecha (y ya está).
Con coma: la resolución se notificará en el mismo día de su fecha o al siguiente habil.
Será un error el echo que hayan quitado la coma? o ahora es así?