En el art. 801.1 se pide que se cumplan unos requisitos, y el primero de ellos dice "Que no se hubiera constituido acusación particular y el MF hubiera solicitado la apertura del juicio oral, y así acordada por el juez de guardia, aquel hubiera presentado en el acto escrito de acusación.
Pero en el 801.5 dice "Si hubiera acusador particular en la causa, el acusado podrá en su escrito de defensa, prestar su conformidad con la más grave de las acusaciones según lo previsto en los apartados anteriores.
Entonces, si no hay acusación particular, como se explica el quinto epígrafe?
