¿El qué quieres que se te especifique o en qué te haces un lío?.Es qué esto es muy amplio de explicar.
En resumida cuenta,la segunda instancia o recurso de apelación cabe contra las sentencias dictadas en primera instancia por el Juzgado de lo Penal (y Juzgado Central de lo Penal)---->
art.790.1 LECRIM.
Esa sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado de lo Penal (en su caso) es recurrida en segunda instancia en la Audiencia Provincial(AP).La sentencia recurrida y dictada en apelación por la AP es firme.Por tanto,el TS dice que no cabe el recurso que pide el letrado por ser firme ésta cuando se falló la apelación.Imagino que el letrado el recurso que intentaría interponer en el TS sería el de casación o alguno similar,que es el que tendría sentido en este supuesto.
Por otra parte,le comenté que revisara el supuesto,porque no veía claro "que pintaba" el TSJ en ese caso concreto.Al final el compañero respondió que era la AP y no tenía nada que ver el TSJ,porque tal vez en un principio lo resumiera por encima y no lo recordaba con exactitud.
Tu compañero lo ha entendido porque más o menos con el supuesto que ha puesto sabía donde quería ir a parar,pero en tu caso no sé lo que no has llegado a comprender.Pregunta y si se puede se te intentará aclarar.No sé si no entiendes lo que pregunta tu compañero,lo que le expliqué o los recursos en general.
Saludos.