Remirando el Tema 27, en la parte del desahucio, creo entender que el único modo de oposición que tiene el demandado es la enervación, sin contar que exponga en la vista cuestiones que deban impedir la prosecución del procedimiento.
Tengo un esquema por aquí, que hice hace como tres meses, que dice que tiene 5 días para la enervación, pero el caso es que no veo dicho plazo en la LEC.
¿Alguien puede confirmar lo anterior?
Muchas gracias.