-los procesos declarativos pueden ser :ordinarios y especiles.
en los ordinarios están el juicio ordinatio y el juicio verbal
y en los especiales, los procesos de división de la herencia, monitorio, cambiario, capacidad, filiación y matrimonio.
-la jurisdicción ordinaria la regula la LEC de 1881 y no es un proceso en sentido estricto poque no hay contrversia entre las partes.