Tienes razón, la respuesta correcta sería la C. El artículo 166 LEC dice textualmente:
"Art. 166. Nulidad y subsanación de los actos de comunicación.
1. Serán nulos los actos de comunicación que no se practicaren con arreglo a lo dispuesto en este capítulo y pudieren causar indefensión.
2. Sin embargo, cuando la persona notificada, citada, emplazada o requerida se hubiera dado por enterada en el asunto, y no denunciase la nulidad de la diligencia en su primer acto de comparecencia ante el tribunal, surtirá ésta desde entonces todos sus efectos, como si se hubiere hecho con arreglo a las disposiciones de la ley."
También tienes razón en que la A sería correcta, la clave es que es menos completa y siempre la respuestas que marques debe ser
la más completa de todas. Hay que tener cuidado, no obstante, con las que parezcan más completas, pero no se ajusten al redactado de la ley: fíjate que si no conoces bien la redacción del artículo podrías incluso marcar la D.
Los exámenes están llenos de estas pequeñas trampas y es muy útil aprender a detectarlas durante el tiempo de preparación.
