Autor Tema: excedencia por cuidados de familiares  (Leído 800 veces)

concha1

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excedencia por cuidados de familiares
« en: 13 Octubre, 2010, 16:17:09 pm »
tengo duda se aplica todavía el art. 509 de La ley Orgánica del Poder Judicial que la reserva de puesto es durante el primer año, o por el contrario se aplica el EBEP o la Ley 30/84 art. 29 que son dos años los que tiene derecho a reserva de este puesto. gracias

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Re: excedencia por cuidados de familiares
« Respuesta #1 en: 13 Octubre, 2010, 21:27:39 pm »
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tengo duda se aplica todavía el art. 509 de La ley Orgánica del Poder Judicial que la reserva de puesto es durante el primer año, o por el contrario se aplica el EBEP o la Ley 30/84 art. 29 que son dos años los que tiene derecho a reserva de este puesto. gracias

hay un hilo con esta duda resuelta
el que la sigue, la consigue!!!!
;)

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