Autor Tema: secretario  (Leído 1037 veces)

Desconectado rhoxio

  • Maestro Opositor
  • **
  • Mensajes: 78
  • Aplausos: 0
secretario
« en: 22 Septiembre, 2011, 09:47:15 am »
Con respecto a la responsabilidad disciplinaria, dice el artículo 469 lopj que sólo podrá recaer sanción penal y disciplinaria sobre los mismos hechos cuando no hubiere identidad de fundamento jurídico y bien jurídico protegido. ¿Alguien sabe explicarme que significa exactamente? Gracias ???

Desconectado Yolin33

  • Tramitación
  • ****
  • Mensajes: 355
  • Aplausos: 5
Re: secretario
« Respuesta #1 en: 22 Septiembre, 2011, 18:12:38 pm »
cuando hay identidad de fundamento jurídico quiere decir que en el procedimiento penal y en el disciplinario se ha hecho la misma calificación jurídica a los hechos que se imputan al funcionario, o sea, el juez en el procedimiento penal y el instructor en el disciplinario han considerado la misma norma para calificar los hechos

Desconectado rhoxio

  • Maestro Opositor
  • **
  • Mensajes: 78
  • Aplausos: 0
Re: secretario
« Respuesta #2 en: 24 Septiembre, 2011, 11:57:16 am »
Lo que quiere decir es que sobre los mismos hechos no puede ser sancionado penal  y disciplinariamente. Gracias ;D