Autor Tema: libertad provisional  (Leído 1345 veces)

Desconectado mrbt

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libertad provisional
« en: 11 Abril, 2015, 11:41:53 am »
Hola,

Que quiere decir el art 530LECr con "El imputado que hubiere de estar en libertad provisional, con o sin fianza, constituirá apud acta obligación de comparecer en los días que le fueren señalados"

Gracias

Desconectado ad sidera visus

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Re:libertad provisional
« Respuesta #1 en: 11 Abril, 2015, 12:49:46 pm »
Hola :)

Pues quiere decir que a la persona a la que se le imputa un hecho delictivo y se le ha concedido la libertar provisional porque cumple los requisitos que se establecen en en la ley tendrá que hacer una declaración ante el Secretario Judicial de que comparecerá cuando sea llamado. Apud acta es como un documento por el que el Secretario da fe de la veracidad.

No sé si te he podido aclarar algo  y si me equivoco que alguien me corrija ;)
Pedes in terra ad sidera visus

Desconectado MAGLO

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Re:libertad provisional
« Respuesta #2 en: 11 Abril, 2015, 19:37:13 pm »
En el auto en el que se acuerda la libertad provisional, se le notifica que deberá comparecer cada vez que sea llamado por el Juzgado . Ese auto de libertad provisional cabe la posibilidad que el juez acuerde que tiene la obligación de comparecer en unos casos , una vez al mes, otras veces acuerda todas las semanas, otras cada 15 días y en algunos no hay esa obligación. El imputado comparece , normalmente , en la guardia, y se hace ese apud acta, que viene a decir que D.... , con la causa tal.... comparece en el día.... , ante el Secretario.... y se vuelve para su casa,así hasta que su causa tenga otra resolución judicial. Espero haberos aclarado algo.