En el supuesto práctico nº 10, de los que colgó claudia me encontré con la siguiente pregunta:
6.- En el presente supuesto, ¿se podría embargar el salario de Dª Ana?
a) Sí, porque el régimen matrimonial es el de gananciales
b) No, porque la deuda es sólo del esposo
c) No, porque no se pueden embargar dos salarios al mismo tiempo
d) No, porque los sueldos son inembargables
La respuesta correcta es la A. Pero no se suponía que cuando el régimen matrimonial es el de ganaciales sólo se embagarán bienes del deudor sin que el cónyuge tenga por qué verse afectado a priori?

Para mi es la B.... quizás esté equivocada..... salvo mejor opinión.....
Graciassssssssss.......
