Artículo 69.
Una sala formada por el Presidente de la Audiencia Nacional, los Presidentes de las salas y el Magistrado más antiguo y el más moderno de cada una, o aquel que , respectivamente, le sustituya, conocerá de los incidentes de recusación del Presidente, de los Presidentes de sala o de más de dos Magistrados de una sala.
Le llaman asi pq no tiene NOMBRE!