Autor Tema: cómputo de plazos  (Leído 1188 veces)

crisns2006

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cómputo de plazos
« en: 06 Junio, 2010, 11:57:59 am »
hola a todos,
tengo una dudilla en lo que al cómputo de plazos se refiere. Bien el Código Civil establece que el cómputo se hará de fecha a fecha si el plazo estuviese fijado por meses o años. Bien, es doctrina extendida, y creo que incluso es la mayoritaria (según estudiaba yo en mis tiempos mozos) que el plazo termina el último día hábil anterior a aquel en el que comienza el cómputo. Se presupone un concepto de mes natural. Esto quiere decir que si la notificación se produce el día 7 de junio, el plazo comienza a computarse a partir del día 8 de junio,  pero según esta doctrina el plazo finalizaría el 7 julio (imaginando que el plazo es de un mes), no el día 8 de junio.
 Bueno, en caso de que se plantee una pregunta en el examen de cómputo de plazos, ¿qué día creéis que finaliza el plazo, el 7 de julio o el 8 de julio?
 Muchas gracias a todos y un saludo!

Desconectado tares01

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Re: cómputo de plazos
« Respuesta #1 en: 06 Junio, 2010, 13:41:24 pm »
Hola Crisns 2006,

yo diría basándome en el art. 133.1 y punto 3 de la LEC que los plazos empezarán a correr desde el día siguiente a aquel en que se hubiere realizado el acto de comunicación, y se contará en ellos el día del vencimiento, que expirará a las 24 horas. Y en el punto 3 nos dice que los señalados por meses o años se computarán de fecha a fecha, por lo que el día del vencimiento será el día 7 a las 24 horas.

Espero haber solucionado tu duda

Un saludo,
tares 01

crisns2006

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Re: cómputo de plazos
« Respuesta #2 en: 07 Junio, 2010, 00:06:55 am »
Muchas gracias Tares,
 Me lo has explicado muy bien. Te lo agradezco.
 Un saludo y muchos ánimos.
 Gracias otra vez.