Autor Tema: RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO...  (Leído 1016 veces)

Desconectado Yolin33

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RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO...
« en: 19 Septiembre, 2010, 11:55:17 am »
En el recurso contencioso una vez que se recibe el expediente en el tribunal quien examina el mismo y dicta si es admitido o no: El secretario o el tribunal?


Verificar si se han realizado los emplazamientos si lo hace el secretario no?

Y SI  conferido por el juzgado o tribunal el plazo de 20 días para formular la demanda, no se hubiere presentado, el juzgado o sala declara por auto la caducidad o el secretario mediante decreto? Es que no veo esto en la ley...
« última modificación: 19 Septiembre, 2010, 12:00:24 pm por Yolin33 »