Autor Tema: Art.610 de la lec. Reembargo  (Leído 1188 veces)

clm

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Art.610 de la lec. Reembargo
« en: 21 Septiembre, 2010, 21:50:35 pm »
No entiendo nada de este artículo... empezando por el punto 1
1.los bienes o derechos embargados podrán ser reembargados y el reembargo otorgará al reembargante del derecho a percibir el producto de lo que se obtenga....¿Producto??
2...... sin embargo, el reembargante podrá solicitar la realización forzosa de los bienes reembargados, sin necesidad de alzamiento ...... hasta el final....  Esque no entiendo nada...
Podría escribirlo todo y hacer una pregunta por cada frase...alguna alma caritativa que me explique en lenguaje entendible el artículo... porfi :(

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Re: Art.610 de la lec. Reembargo
« Respuesta #1 en: 21 Septiembre, 2010, 21:53:14 pm »
de lo embargado, lo q sobre (producto) se puede reembargar ese sobrante mediante otro acreedor
Tengo Dobleteeeeee!