La ley del menor se aplica a los menores comprendidos entre 14 y 18 años. Trabajo en una fiscalía de menores y en cuanto cumplen 18 años ya no es competencia nuestra.
Otra cosa diferente es que si un menor está cumpliendo una condena cuando cumpla 18 años seguirá cumpliéndola hasta alcanzar los objetivos propuestos en la sentencia conforme a los criterios expresados en la ley del menor. Si dicho menor cuando alcance la mayoría de edad tiene una conducta que no responde a los objetivos propuestos en la sentencia en auto motivado seguirá su cumplimiento en centro penitenciario, eso sí, lo decidirá el juez de menores, oído el Ministerio Fiscal, el letrado del menor, el equipo técnico y la entidad pública de protección.
Quizás tendremos que ir con cuidado a la formulación de la pregunta, si se centra en las edades concretas, la respuesta será entre 14 y 18 años, después de la última reforma. Pero si ya se mete en la ejecución de la sentencia, la respuesta cambiará.
Espero haber ayudado.