Dhrasik. Esta pregunta la hice precisamente en el curso teorico de tramitación la semana pasada. Le a la persona que organiza el curso sobre que tipo de resolucion se emplea para admitir el monitorio con la nueva ley en vez de la providencia que se empleaba antes. Me dijo sin lugar a dudas que por las propias exigencias del programa informatico para la nueva oficina judicial, Temis en Cataluña, se emplea la diligencia de ordenacion. Una compañera mia que aprobó, me comentó que en los juzgados de vigo (Galicia) se emplea la diligencia de ordenacion, al ser la resolucion del secretario que equivale a la providencia del juez, y al ser unicamente una resolucion que impulsa el procedimiento. Espero que te haya aclarado la situación.