Autor Tema: Dudas actos de comunicación  (Leído 1209 veces)

Desconectado consuelo23

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Dudas actos de comunicación
« en: 20 Noviembre, 2010, 10:32:21 am »
Resulta que en los actos de comunicación,. no entiendo muy bien cuándo se puede o no efectuar la comunicación al domicilio del demandado, porque no veo ninguna previsión legal expresa que lo indique. Yo entiendo que será cuando no se trate de una primera actuación. Tampoco me queda muy claro cuándo procede la entrega mediante telegrama, acuse de recibo, etc, salvo los testigos, que sé que es por correo con acuse de recibo, y cuándo entrega de la copia de la resolución o la cédula. Por favor, si alguien me lo aclararía, se lo agradecería. Gracias y suerte para el examen.

Desconectado moflykaos

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Re: Dudas actos de comunicación
« Respuesta #1 en: 20 Noviembre, 2010, 10:35:57 am »
El orde es:
-Procurador
-Remisión mediante correo, telegrama...
-Entrega al destinatario

Al inicio del traslado de la demanda, como el demandado aun no sabe que lo es, evidentemente no tiene procurador, por lo que el traslado se hace mediante remisión por correo, y cuando no tengamos constancia de que lo ha recibido, entonces le haremos entrega personalmente.

Saluditos y suerteeeeeee

Desconectado consuelo23

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Re: Dudas actos de comunicación
« Respuesta #2 en: 20 Noviembre, 2010, 10:42:03 am »
Muchísimas gracias. ahora sí que parece que lo entiendo. Suerte.

Desconectado tempranillo2007

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Re: Dudas actos de comunicación
« Respuesta #3 en: 20 Noviembre, 2010, 11:18:43 am »
Esa es la regla general. (perfectamente explicada tal y como yo tambien lo entiendo).

Si bien, recuerda, como excepción. El Requerimiento de Pago, en el JUICIO MONITORIO, que la notificación debe ser mediante entrega personal.