En el Sumario.
1. ARt 654. El Secretario Judicial, al dar traslado de la causa a las partes, dispondrá lo que considere conveniente para que éstas puean examinar la correspondencia, libros, papeles y demás piezas de convicción, sin peligro de alteración de su estado.
¿Es antes de hacer el escrito de calificación? Mi duda surge porque en los articulos anteriores 649 y ss.....dice que el Secretario comunicar la causa para que califiquen, pero entiendo que para que califiquen antes deben de tener las piezas de convicción 654?
Creo que este artículo, para que fuese más facil, debería estar antes del 649.
En definitiva las partes para que califiquen tienen que tener previamente la correspondencia, libros etc..?
2. Abreviado.
Art 783. Cuando el Juez de Instrucción decrete la apertura del juicio oral sólo a instancia del Ministerio Fiscal o de la acusación particular, el Secretario judicial dará nuevo traslado a quien hubiere solicitado el sobreseimiento por plazo de tres días para que formule escrito de acusación, salvo que hubiere renunciado a ello.
Tengo 2 test con la misma pregutna y con distinta solucion, uno dice 3 dias y el otro 5 dias, alguien lo sabe con segurridad?