Autor Tema: Art. 1475 CC  (Leído 1499 veces)

lsgas

  • Visitante
Art. 1475 CC
« en: 11 Febrero, 2011, 17:33:19 pm »
¿La intervención obligada se distingue de la provocada o deriva de ésta última?

...y los casos especiales alguien me los podría explicar brevemente?

Gracias.

grenoble

  • Visitante
Re: Art. 1475 CC
« Respuesta #1 en: 11 Febrero, 2011, 18:45:45 pm »
a qué artículo te refieres? No tiene nada que ver el 1475 del cc con lo que preguntas no? o yo no veo la relación por ningún lado que a estas alturas de la película también podría ser...