Buenos días¡¡¡ estoy estudiando la ejecución, y parece que cuanto más se más desconozco¡¡ que sensación tan mala jej. Tengo una duda un poco general, os la voy a plantear porque a veces me habéis resuelto vosotros las cosas mejor que los libros¡¡. ahí va:
_Si yo pongo una demanda ejecutiva basada en stc, al no proceder el requerimiento de pago la ley dice que se podrá proceder al embargo directamente. Entonces me pregunto yo, tb la comisión se persona en casa del ejecutado para proceder a embargar los bienes?? En este punto es donde enlazo la segunda duda, si la ejecución no fuera sobre stc o resolución y sí procediera el requerimiento de pago, la ley dice que si no paga en el acto se procederá al embargo inmediato pero...lo primero a embargar no es el dinero en efectivo y las cuentas bancarias?? porque al parecer la investigación del patrimonio debe hacerse a instancia del ejecutante..
Bueno como veis lo que me falta es encajar las piezas o que alguien me lo explique como si volviera a prescolar¡¡ vaya tela¡¡

os doi a todos las gracias por adelantado y espero haber centrado mi pregunta al menos un poco¡¡¡
salud@os¡¡¡¡