2.- ¿En que supuestos se requerirá la conformidad del Ministerio Fiscal para el desestimiento?
a) En los procesos de nulidad matrimonial por miedo grave.
b) En los procesos de prodigalidad.
c) En los procesos de nulidad matrimonial por minoría de edad.
d) todas son ciertas
Da como valida la D, pero leyendo el articulo 751.2 lo que yo entiendo es q no es en ningun caso de esos
en esta pregunta:" 8.- Si los documentos aportados en un proceso monitorio constituyen un principio de prueba a instancia del tribunal requerirá al deudor mediante:
a) Auto en el plazo de cinco días.
b) Providencia en el plazo de diez días.
c) Providencia en el plazo de viente días.
d) Auto en el plazo de diez días. "
creo q segun el articulo 815.1 la pregunta estaria mal redactada, siendo a instancia del SJ y no del tribunal no?,tambien creo q la respuesta seria: por requerimiento en el plazo de veinte dias.
podrian indicarme en que articulo viene esta pregunta? 51. Si la documentación aportada por ambos cónyuges fuera insuficiente, el tribunal, ¿que plazo concederá mediante providencia?
a) 15 días.
b) 3 días.
c) 5 días
d) 10 días.