En el BOE del 31 de diciembre se publica la siguiente ley que modifica en su disposición final primera el artículo 15.1 LEC, que ya ha entrado en vigor.
"Disposición final primera. Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civi".Se introduce un nuevo párrafo en el apartado 1 del artículo 15 con la siguiente redacción:
«El Ministerio Fiscal será parte en estos procesos cuando el interés social lo justifique. El tribunal que conozca de alguno de estos procesos comunicará su iniciación al Ministerio Fiscal para que valore la posibilidad de su personación.»
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