Autor Tema: tema 3 Gestion art 140CE  (Leído 1275 veces)

Desconectado mncmnc

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tema 3 Gestion art 140CE
« en: 16 Marzo, 2012, 10:03:42 am »
Pregunta de test Tema 3
¿De qué tipo de personalidad jurídica gozan los municipios?
a. Organizativa
b.Orgánica
c. Plena
d.Propia
la respuesta es art 140CE , plena….pero mi pregunta es
¿qué diferencia hay entre la personalidad jurídica plena de los Municipios y la personalidad jurídica “propia” de las provincias art 141….estás no tienen personalidad plena..?
Los municipios no tienen personalidad jurídica propia?

Gracias,
mncmnc

Desconectado ciudadano_x

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Re:tema 3 Gestion art 140CE
« Respuesta #1 en: 12 Mayo, 2012, 22:20:28 pm »
Hace dos o tres semanas me salió la misma duda.

Me quedé con que municipio plena sin más.

Desconectado leguleya

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Re:tema 3 Gestion art 140CE
« Respuesta #2 en: 14 Mayo, 2012, 23:40:09 pm »
personalidad jurídica propia : la que se tiene sin haber sido delegada por nadie,

plena: sin necesidad de complemento alguno.

espero haberte ayudado

Desconectado mncmnc

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Re:tema 3 Gestion art 140CE
« Respuesta #3 en: 15 Mayo, 2012, 20:40:07 pm »
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personalidad jurídica propia : la que se tiene sin haber sido delegada por nadie,

plena: sin necesidad de complemento alguno.

espero haberte ayudado
Hola Leguleya,
si me ayuda....pero realmente busco explicación para evitar memorizar y aplicar la lógica jurídica, no encuentro nada en libros. He encontrado por la red esta explicación:
Se dice que personalida jurídica de las provincias es propia para reforzar la idea de que, aunque son entes formados por una agrupación de municipios, su personalidad jurídica no deriva de la de ellos, sino que la Constitución les reconoce su propia personalidad jurídica (artículo 141).
Gracias,
mncmnc