Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Polícia.
Artículo 7. Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, antes de que termine el último día de plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
c.- Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. Redacción según Real Decreto 440/2007, de 3 de abril.
Según tu razonamiento, el tribunal que valora la aptitud de los aspirantes a policía puede decidir unilateralmente (para quitarse aspirantes de en medio) que sólo se consideren aptos los que superen 1,90 metros. Existe el concepto de "inseguridad jurídica". El objetivo de crear unas bases es precisamente impedir (o restringir al máximo) la discreccionalidad de los tribunales en los procesos selectivos.
Pero olvidas una cosa,que en las bases del Cuerpo de Tramitación utiliza el componente "No apto",cosa que no se utiliza en el Cuerpo Nacional de Policía.En el cuerpo Nacional de Policía si se redactara "
los participantes que no tengan una estatura mínima de "X" no son Aptos".¿Eso significa que los que tengan más de esa estatura son aptos?.
Es fácil dar lugar a la confusión o manipular con dos bases que dicen cosas que se asemejan pero que son distintas,porque en el Cuerpo Nacional de Policía están dejando claro quienes son directamente "Aptos" o cumplen los requisitos y en el Cuerpo de Tramitación está negando la aptitud de un carácter o básicamente te está queriendo decir (ambiguamente o con una forma muy poco adecuada) que el corte nunca será menor a 20,pero tampoco te está diciendo que si es superior eres "Apto".
Yo te pongo otro ejemplo que si se asemeja realmente a lo que pone en las bases de Tramitación:"Si cuando eres menor de edad con 17 años quieres una moto y tu padre te dice que te la comprará cuando al menos o como mínimo cumplas los 18 años y apruebes el curso,que sino no te la compra,¿eso se traduce que cuando cumplas los 18 años y si apruebas el curso te tiene que comprar la moto pase lo que pase para que cumpla la promesa dictada?.Pues está claro que no,porque te dijo que al menos o como "mínimo" tenías que cumplir esas dos condiciones.Lo que estaba claro con esa premisa que antes de los 18,si no aprobabas el curso o ambas cosas a la vez no te la compra,pero incluso habiendo cumplido esas condiciones no estaría incumpliendo el padre su promesa si por otra circunstancia no se la comprara."
LLevarías razón si en las bases del cuerpo de Tramitación Procesal dijera "Todos los aspirantes con una puntuación mínima de 20 se considerarán "APTO" (por contra de "no apto").
Saludos.